ITP por comunidad autónoma en 2026
Última actualización 25 de agosto de 2026
El ITP lo fija tu comunidad autónoma, no el Estado. En una compra de segunda mano el tipo general se mueve entre el 4 % y el 13 % según dónde compres, y sobre un piso de 200.000 € esa diferencia son más de 18.000 € — más que la mayoría de reformas de cocina.
El ITP solo existe en la vivienda de segunda mano. En obra nueva no se paga ITP: se paga IVA (10 %) + AJD, y el AJD lo fija también cada comunidad.
Sobre qué se calcula: el valor de referencia, no el precio
Desde 2022 el ITP no se calcula necesariamente sobre lo que pagas, sino sobre la base imponible, que es el mayor de dos importes: el precio escriturado o el valor de referencia del Catastro.
Es la sorpresa más frecuente. Si negocias bien y compras por 180.000 € un piso cuyo valor de referencia es 205.000 €, el impuesto se calcula sobre 205.000 €. Conviene consultar el valor de referencia antes de hacer la oferta.
Fuente · Sede Electrónica del Catastro — consulta del valor de referencia.
Tabla de tipos por comunidad autónoma
Las diecinueve comunidades, cada una contrastada contra su propia hacienda y con el enlace a la fuente. Las filas con † tienen matices que no caben en una celda —escalas por tramos, recargos por valor alto, exenciones— y están explicadas justo debajo.
| Comunidad | General | Jóvenes | Fuente |
|---|---|---|---|
| Andalucía | 7 % | 3,5 % | ATRIAN |
| Aragón | 8 % † | — | Gob. Aragón |
| Asturias | 8 % † | — | DL 2/2014 |
| Baleares | 2 % / 8 % † | Exención † | ATIB |
| Canarias | 6,5 % | — | ATC Canaria |
| Cantabria | 9 % | 4 % (<40) † | Gob. Cantabria |
| Castilla y León | 8 % | 4 % | JCyL |
| Castilla-La Mancha | 9 % | 6 % | JCCM |
| Cataluña | 10 % † | 5 % | ATC |
| Ceuta | 6 % † | — | Tipo estatal supletorio |
| C. Valenciana | 9 % † | 6 % | GVA |
| Extremadura | 8 % † | 6 % (<36) † | Junta Extremadura |
| Galicia | 8 % | 3 % † | Atriga |
| La Rioja | 7 % | 4 % (<40) † | Gob. La Rioja |
| Madrid | 6 % | −10 % cuota | C. de Madrid |
| Melilla | 6 % † | — | Tipo estatal supletorio |
| Murcia | 8 % | 3 % | ATRM |
| Navarra | 6 % | 5 % † | H. Foral Navarra |
| País Vasco | 4 % † | 2,5 % † | Haciendas forales |
Tipos aplicables a la compraventa de vivienda de segunda mano. Los tipos de jóvenes exigen requisitos (edad, renta, vivienda habitual, valor máximo) que se detallan más abajo.
De dónde sale cada cifra. Las diecinueve están contrastadas contra la hacienda que las fija, una a una, no contra otras páginas. Importa más de lo que parece: al preparar esta guía encontramos páginas muy posicionadas dando Galicia al 9 % cuando Atriga lo fija en el 8 %, Cantabria al 10 % cuando es el 9 %, y varias dando todavía la Comunidad Valenciana al 10 % cuando bajó al 9 % el 1 de junio de 2026. En este impuesto se copian mucho los errores.
El caso que más se lee mal es el País Vasco. Las tres haciendas forales publican un 7 %, y muchas tablas lo copian tal cual. Pero ese 7 % es el de los inmuebles que no son vivienda: la vivienda va al 4 %, y baja al 2,5 % si es habitual y se cumplen los requisitos. Si estás comprando un piso, el 4 % es tu tipo.
Los cambios de 2026 que casi nadie ha actualizado
Comunidad Valenciana. El tipo general bajó del 10 % al 9 % el 1 de junio de 2026, por la Ley 5/2025 de medidas fiscales. Se mantiene un 11 % cuando el valor del inmueble supera 1.000.000 €.
Fuente · Generalitat Valenciana — Novedades tributarias 2026.
Cataluña. Ya no es un tipo plano. Hasta 600.000 € de valor se aplica el 10 %, y por encima un tipo medio según escala creciente. Además hay un 20 % para grandes tenedores y para la compra de edificios enteros de viviendas, y tipos reducidos en municipios rurales: 4 % en municipio rural y 3 % en municipio rural de atención especial, cuando va a ser la vivienda habitual.
Fuente · Agència Tributària de Catalunya — Tarifas y tipos.
Baleares. Para vivienda habitual que cumpla los requisitos se aplica un 2 % hasta 270.151,20 €, y el tipo general sobre el exceso. Ese umbral se amplía hasta un 40 % según la isla: en Eivissa y Formentera llega a 378.212 €. Los menores de 30 años que compran su primera vivienda habitual pueden llegar a una exención del 100 %.
Fuente · Agència Tributària de les Illes Balears.
Galicia. El tipo general sigue en el 8 %, y en 2026 el límite de valor para acceder a los tipos reducidos subió de 200.000 € a 240.000 €, más 30.000 € por cada miembro adicional de la unidad familiar.
Fuente · Axencia Tributaria de Galicia.
Las comunidades donde el tipo sube con el precio
Cinco comunidades no tienen un tipo plano sino una escala progresiva: el tipo de la tabla es el del primer tramo, y sube por encima de ciertos valores. Como en el IRPF, sólo tributa al tipo alto la parte que pasa del escalón, no todo el precio.
| Comunidad | Escala |
|---|---|
| Aragón | 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 · 9 % hasta 500.000 · 9,5 % hasta 750.000 · 10 % por encima |
| Asturias | 8 % hasta 300.000 € · 9 % hasta 500.000 · 10 % por encima |
| Extremadura | 8 % hasta 360.000 € · 10 % hasta 600.000 · 11 % por encima |
| Cataluña | 10 % hasta 600.000 € · escala creciente por encima · 20 % para grandes tenedores |
| Baleares | 2 % hasta 270.151,20 € en vivienda habitual · escala creciente por encima |
Aragón: art. 121-1 del Decreto Legislativo 1/2005 · Asturias: art. 26 del Decreto Legislativo 2/2014 · Extremadura: Decreto Legislativo 1/2018, reformado por la Ley 1/2025.
Un ejemplo de por qué la media importa: en Aragón, un piso de 500.000 € no paga el 9 %. Paga el 8 % de los primeros 400.000, el 8,5 % de los siguientes 50.000 y el 9 % del resto — 40.750 €, que es un 8,15 % del precio. Confundir el tipo marginal con el medio son casi 4.000 € de error.
Ceuta y Melilla, aparte
No aprueban tipo propio, así que se les aplica el tipo supletorio del Estado, el 6 % (art. 11 del Real Decreto Legislativo 1/1993). Además existe una bonificación del 50 % en la cuota por el art. 57 bis de esa misma norma, que reduce a la mitad lo que acabas pagando. Es una rebaja sobre la cuota, no sobre el tipo, así que no aparece como un porcentaje distinto: confírmala en tu liquidación.
Los tipos reducidos para jóvenes, con sus requisitos
Casi todas las comunidades tienen un tipo reducido para compradores jóvenes, y es la diferencia más grande que puedes conseguir en esta factura. Los requisitos varían, pero se repiten tres: edad, que sea vivienda habitual, y a menudo un valor máximo del inmueble o un límite de renta.
- Andalucía — 3,5 % para menores de 35 años, con un valor máximo de 150.000 €.
- Castilla y León — 4 % para menores de 36 años.
- Castilla-La Mancha — 6 % para menores de 36 años, con un valor máximo de 180.000 €.
- Cataluña — 5 % para menores de 35 años, con límite de renta.
- Comunidad Valenciana — 6 % para menores de 35 años, y 4 % en zonas despobladas.
- Galicia — 3 % para menores de 36 años hasta 240.000 €, y hasta el 0 % en zona rural.
- Murcia — 3 % para menores de 35 años.
- Baleares — exención del 100 % para menores de 30 en su primera vivienda habitual.
- Madrid — no es un tipo distinto sino una bonificación del 10 % en la cuota.
- Cantabria — 4 % para menores de 40 años, y un 7 % para vivienda habitual hasta 300.000 €.
- La Rioja — 4 % para menores de 40 años en su primera vivienda habitual.
- Extremadura — 6 % para menores de 36 hasta 180.000 € con límite de renta, y 7 % para vivienda habitual hasta 200.000 €.
- Navarra — 5 % hasta 180.304 € para unidades familiares con dos o más hijos.
- País Vasco — 2,5 % para vivienda habitual que cumpla los requisitos, frente al 4 % de vivienda.
Fíjate en la edad. No es la misma en todas: Cantabria y La Rioja llegan a los 40, Galicia y Castilla y León a los 36, y la mayoría se queda en 35. Es el error más común al dar por perdido un tipo reducido.
Un detalle que cuesta dinero: el valor máximo se mide contra la base imponible, no contra lo que pagas. Si el valor de referencia del Catastro se pasa del límite, pierdes el tipo reducido aunque hayas comprado por debajo.
¿Y si es obra nueva? IVA + AJD
En una vivienda nueva comprada al promotor no hay ITP. Hay dos impuestos:
- IVA: 10 % sobre el precio. Es estatal, igual en toda España (4 % en VPO de régimen especial).
- AJD: lo fija cada comunidad, y se mueve aproximadamente entre el 0,5 % y el 2 %.
La consecuencia práctica: en obra nueva la carga fiscal es bastante uniforme en toda España, mientras que en segunda mano depende muchísimo de dónde compres.
Cuándo y cómo se paga
El ITP se autoliquida con el modelo 600, y hay 30 días hábiles desde la firma de la escritura para presentarlo e ingresarlo. Sin el modelo 600 pagado, el Registro de la Propiedad no inscribe la compra.
Es también dinero que hay que tener ahorrado: la hipoteca financia el precio de la vivienda, no los impuestos. Es una de las causas más comunes de que una operación se caiga al final.
Calcula el ITP de tu piso, con tu comunidad
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