ITP por comunidad autónoma en 2026

Última actualización 25 de agosto de 2026

El ITP lo fija tu comunidad autónoma, no el Estado. En una compra de segunda mano el tipo general se mueve entre el 4 % y el 13 % según dónde compres, y sobre un piso de 200.000 € esa diferencia son más de 18.000 € — más que la mayoría de reformas de cocina.

El ITP solo existe en la vivienda de segunda mano. En obra nueva no se paga ITP: se paga IVA (10 %) + AJD, y el AJD lo fija también cada comunidad.

Sobre qué se calcula: el valor de referencia, no el precio

Desde 2022 el ITP no se calcula necesariamente sobre lo que pagas, sino sobre la base imponible, que es el mayor de dos importes: el precio escriturado o el valor de referencia del Catastro.

Es la sorpresa más frecuente. Si negocias bien y compras por 180.000 € un piso cuyo valor de referencia es 205.000 €, el impuesto se calcula sobre 205.000 €. Conviene consultar el valor de referencia antes de hacer la oferta.

Fuente · Sede Electrónica del Catastro — consulta del valor de referencia.

Tabla de tipos por comunidad autónoma

Las diecinueve comunidades, cada una contrastada contra su propia hacienda y con el enlace a la fuente. Las filas con tienen matices que no caben en una celda —escalas por tramos, recargos por valor alto, exenciones— y están explicadas justo debajo.

ComunidadGeneralJóvenesFuente
Andalucía7 %3,5 %ATRIAN
Aragón8 % †Gob. Aragón
Asturias8 % †DL 2/2014
Baleares2 % / 8 % †Exención †ATIB
Canarias6,5 %ATC Canaria
Cantabria9 %4 % (<40) †Gob. Cantabria
Castilla y León8 %4 %JCyL
Castilla-La Mancha9 %6 %JCCM
Cataluña10 % †5 %ATC
Ceuta6 % †Tipo estatal supletorio
C. Valenciana9 % †6 %GVA
Extremadura8 % †6 % (<36) †Junta Extremadura
Galicia8 %3 % †Atriga
La Rioja7 %4 % (<40) †Gob. La Rioja
Madrid6 %−10 % cuotaC. de Madrid
Melilla6 % †Tipo estatal supletorio
Murcia8 %3 %ATRM
Navarra6 %5 % †H. Foral Navarra
País Vasco4 % †2,5 % †Haciendas forales

Tipos aplicables a la compraventa de vivienda de segunda mano. Los tipos de jóvenes exigen requisitos (edad, renta, vivienda habitual, valor máximo) que se detallan más abajo.

De dónde sale cada cifra. Las diecinueve están contrastadas contra la hacienda que las fija, una a una, no contra otras páginas. Importa más de lo que parece: al preparar esta guía encontramos páginas muy posicionadas dando Galicia al 9 % cuando Atriga lo fija en el 8 %, Cantabria al 10 % cuando es el 9 %, y varias dando todavía la Comunidad Valenciana al 10 % cuando bajó al 9 % el 1 de junio de 2026. En este impuesto se copian mucho los errores.

El caso que más se lee mal es el País Vasco. Las tres haciendas forales publican un 7 %, y muchas tablas lo copian tal cual. Pero ese 7 % es el de los inmuebles que no son vivienda: la vivienda va al 4 %, y baja al 2,5 % si es habitual y se cumplen los requisitos. Si estás comprando un piso, el 4 % es tu tipo.

Los cambios de 2026 que casi nadie ha actualizado

Comunidad Valenciana. El tipo general bajó del 10 % al 9 % el 1 de junio de 2026, por la Ley 5/2025 de medidas fiscales. Se mantiene un 11 % cuando el valor del inmueble supera 1.000.000 €.

Fuente · Generalitat Valenciana — Novedades tributarias 2026.

Cataluña. Ya no es un tipo plano. Hasta 600.000 € de valor se aplica el 10 %, y por encima un tipo medio según escala creciente. Además hay un 20 % para grandes tenedores y para la compra de edificios enteros de viviendas, y tipos reducidos en municipios rurales: 4 % en municipio rural y 3 % en municipio rural de atención especial, cuando va a ser la vivienda habitual.

Fuente · Agència Tributària de Catalunya — Tarifas y tipos.

Baleares. Para vivienda habitual que cumpla los requisitos se aplica un 2 % hasta 270.151,20 €, y el tipo general sobre el exceso. Ese umbral se amplía hasta un 40 % según la isla: en Eivissa y Formentera llega a 378.212 €. Los menores de 30 años que compran su primera vivienda habitual pueden llegar a una exención del 100 %.

Fuente · Agència Tributària de les Illes Balears.

Galicia. El tipo general sigue en el 8 %, y en 2026 el límite de valor para acceder a los tipos reducidos subió de 200.000 € a 240.000 €, más 30.000 € por cada miembro adicional de la unidad familiar.

Fuente · Axencia Tributaria de Galicia.

Las comunidades donde el tipo sube con el precio

Cinco comunidades no tienen un tipo plano sino una escala progresiva: el tipo de la tabla es el del primer tramo, y sube por encima de ciertos valores. Como en el IRPF, sólo tributa al tipo alto la parte que pasa del escalón, no todo el precio.

ComunidadEscala
Aragón8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 · 9 % hasta 500.000 · 9,5 % hasta 750.000 · 10 % por encima
Asturias8 % hasta 300.000 € · 9 % hasta 500.000 · 10 % por encima
Extremadura8 % hasta 360.000 € · 10 % hasta 600.000 · 11 % por encima
Cataluña10 % hasta 600.000 € · escala creciente por encima · 20 % para grandes tenedores
Baleares2 % hasta 270.151,20 € en vivienda habitual · escala creciente por encima

Aragón: art. 121-1 del Decreto Legislativo 1/2005 · Asturias: art. 26 del Decreto Legislativo 2/2014 · Extremadura: Decreto Legislativo 1/2018, reformado por la Ley 1/2025.

Un ejemplo de por qué la media importa: en Aragón, un piso de 500.000 € no paga el 9 %. Paga el 8 % de los primeros 400.000, el 8,5 % de los siguientes 50.000 y el 9 % del resto — 40.750 €, que es un 8,15 % del precio. Confundir el tipo marginal con el medio son casi 4.000 € de error.

Ceuta y Melilla, aparte

No aprueban tipo propio, así que se les aplica el tipo supletorio del Estado, el 6 % (art. 11 del Real Decreto Legislativo 1/1993). Además existe una bonificación del 50 % en la cuota por el art. 57 bis de esa misma norma, que reduce a la mitad lo que acabas pagando. Es una rebaja sobre la cuota, no sobre el tipo, así que no aparece como un porcentaje distinto: confírmala en tu liquidación.

Los tipos reducidos para jóvenes, con sus requisitos

Casi todas las comunidades tienen un tipo reducido para compradores jóvenes, y es la diferencia más grande que puedes conseguir en esta factura. Los requisitos varían, pero se repiten tres: edad, que sea vivienda habitual, y a menudo un valor máximo del inmueble o un límite de renta.

Fíjate en la edad. No es la misma en todas: Cantabria y La Rioja llegan a los 40, Galicia y Castilla y León a los 36, y la mayoría se queda en 35. Es el error más común al dar por perdido un tipo reducido.

Un detalle que cuesta dinero: el valor máximo se mide contra la base imponible, no contra lo que pagas. Si el valor de referencia del Catastro se pasa del límite, pierdes el tipo reducido aunque hayas comprado por debajo.

¿Y si es obra nueva? IVA + AJD

En una vivienda nueva comprada al promotor no hay ITP. Hay dos impuestos:

La consecuencia práctica: en obra nueva la carga fiscal es bastante uniforme en toda España, mientras que en segunda mano depende muchísimo de dónde compres.

Cuándo y cómo se paga

El ITP se autoliquida con el modelo 600, y hay 30 días hábiles desde la firma de la escritura para presentarlo e ingresarlo. Sin el modelo 600 pagado, el Registro de la Propiedad no inscribe la compra.

Es también dinero que hay que tener ahorrado: la hipoteca financia el precio de la vivienda, no los impuestos. Es una de las causas más comunes de que una operación se caiga al final.

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